REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH06-X-2004-000197
Por recibidas las actuaciones que anteceden relacionadas con la Inhibición planteada por la Dra. Gladys Sánchez de Guzmán, Juez Provisorio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente Sala N° 01, de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de Divorcio seguido por LUISA ELENA VALLEJO SUNIAGA contra MIGUEL ANGEL HERNANDEZ LISCANO, contenida en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Fórmese expediente, admítase y désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.-
Vista la Inhibición planteada por la Dra. Gladys Sánchez de Guzmán, basada en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. “En virtud de ser enemiga manifiesta de la abogada en ejercicio CLARA MARTINEZ quien es apoderada Judicial de la ciudadana LUISA ELENA VALLEJO SUNIAGA “ este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en la causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg, María E. Pérez de Villarroel
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, mediante oficio N° 0410- 503, constante de diecinueve (19) folios útiles. Conste
La Secretaria,
Abg. María E. Pérez de Villarroel
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