REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 12 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-005466
ASUNTO : BP01-S-2003-005466


Visto el escrito presentado por el Dr. JOSÉ DANIEL PÉREZ, en su carácter de Fiscal de Transición del Ministerio Público de este Estado, donde requiere de este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos; ALEXANDER RAMON GUZMAN RODRÍGUEZ, JUAN DE JESÚS GARCÍA FIGUEROA, CARLOS CESAR URBANEJA y OSWALDO ANTONIO DELGADO, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de LIRIDA DEL VALLE MATA SALAZAR.

En consecuencia, éste Tribunal analizadas como han sido las actuaciones del presente asunto, se desprende que evidentemente se inicio la presente averiguación en fecha 25-01-1996, por lo tanto han transcurrido el tiempo necesario para que se produzca la prescripción Procesal de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 108, ordinal 4to. del Código Penal Venezolano.


En base a estos razonamientos, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos ALEXANDER RAMON GUZMAN RODRÍGUEZ, JUAN DE JESÚS GARCÍA FIGUEROA, CARLOS CESAR URBANEJA y OSWALDO ANTONIO DELGADO; en virtud de la extinción de la acción Penal, con ocasión de la solicitud formulada por el Fiscal de Transición del Ministerio Público de este Estado, Todo de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem. y 108 ordinal 4° del Código Penal Venezolano. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ DE CONTROL Nº 03

DRA. FRENNYS E. BOLÍVAR DOMINGUEZ

LA SECRETARIA,

ABG. ELIZABETH MENDEZ

Resolución
Sobreseimiento
Fecha: 10/Agosto/2004.
Asunto: BP01-S-2003-005466.


FEBD/norma.-