REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 17 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-001464
ASUNTO : BP01-P-2000-001464



Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 08-04-99, por el Extinto Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante el cual Decreta El Sobreseimiento de la Causa, a favor de la ciudadana:LIRIDA JOSEFINA HURTADO DE HERNANDEZ, Indocumentada, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 Ordinal 7° del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal. en concordancia con el artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, respecto a los delitos de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES y PORTE ILICITO DE ARMA, tipificados en los artículos 415 y 278 ambos del Código Penal.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana: LIRIDA JOSEFINA HURTADO BARRETO.

Oficiese al Ministerio de Interior y Justicia , a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjeria del Ministerio de Relaciones Interiores, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre el mencionado ciudadano, en relación a la presente causa. ( D-493.866 nomenclatura Extnto C.T.P.J)

Igualmente remitase en su forma original la presente causa, en su debida oportunidad legal al Archivo Judicial, a los fines de su cuido y archivo.

Notifiquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a la defensa y a la ciudadana Lirida Josefina Hurtado Barreto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01.,

DRA. YDANIE ALMEIDA GUEVARA

LA SECRETARIA.,

ABOG. AIDA ELENA RAMOS