REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH01-V-2001-000009

Vista la anterior diligencia de fecha 28 de Julio de 2.004, suscrita por el abogado en ejercicio IVAN BORGES ESPAÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.184, en su carácter de apoderado judicial de la demandante en el presente juicio, en la cual solicita se decrete la Liquidación de la Comunidad Concubinaria; y por cuanto lo solicitado se ajusta a derecho, el Tribunal acuerda de conformidad.- En consecuencia, cumplidos como han sido los extremos legales de Ley y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal DECLARA concluida la presente LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA intentada por DOMINGA GRANCE GAONA contra CRISPULO SERVIN FIGUEREDO.- Así se decide, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TEMP.,

HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA,

JORGYMAR PUMAR SUNIAGA
HAV/air