REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-M-2004-000018
Vista la diligencia de fecha 2 de Agosto de 2.004, suscrita por el Abogado VÍCTOR MEDORI, en su carácter de Coapoderado Judicial de la parte demandante, en donde desiste del presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoado por el ciudadano ALVARO JOSÉ REGGIO REGGIO, en contra de la empresa AVICULTURA INTEGRADA, S. A. (AVINSA), el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, y así se decide.-
La Juez Provisorio,
Dra. Ida Tineo de Mata.- La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.-
ASUNTO: BP02-M-2004-18
Interlocutoria (Desistimiento).-
Mercantil.-
ITdeM/jebl.-
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