REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH02-M-2001-000015
Vista la inhibición planteada en la presente causa por la Secretaria Titular de este Despacho, abogado MARIA RENZULLI DAVILA, basada en el Ordinal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; por enemistad manifiesta entre su persona y el ciudadano JOSE DONATO SAVIGNANI MARCONE, Presidente de la empresa mercantil FERRETERIA E INDUSTRIA DE DERIVADOS DE CONCRETO S.A. (FIDECON S.A.), parte demandada en el presente juicio de EJECUCION DE HIPOTECA incoado por el ciudadano EMIL HALLAK KHAMISSO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se declara CON LUGAR dicha inhibición por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia se designa como Secretario Accidental en el presente juicio al abogado JESUS ANASTACIO GONZALEZ, quién es mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 6.532.682, a quién se le tomará el juramento de Ley. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio
Abog. Jesus Martinez Gago
El Secretario Accidental
Abog. Jesús Anastacio González