REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH03-V-2001-000040

Vista la diligencia de fecha 03 de agosto del presente año, suscrita por la abogada YESENIA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No-84.913, en su carácter de co apoderada Judicial de la Procuraduría General del Estado Anzoategui, y por cuanto de la misma se desprende que esta recurriendo de hecho por ante esta Instancia; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 305 del Código de Procedimiento Civil, declara: INADMISIBLE el referido Recurso de Hecho, en virtud de que el mismo debe ser interpuesto por ante el Tribunal de alzada , y así se declara.-
El Juez Provisorio La Secretaria

Abog. Jesús Martinez Gago Abog. María Renzulli Davila