REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-V-2004-000302
Vista la anterior diligencia, de fecha 09 de Agosto de 2004, suscrita por el ciudadano: CARLOS HONOFRES NUÑEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.196.158, debidamente asistido por la Dra. KENY HOLMQUIST, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.496, por una parte y por la otra, el Dr. ANDRES ELOY CARNEIRO MUZIOTTI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.450, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, ciudadanos MIREYA JOSEFINA BELANDRIA DE CASSANI y MARCEL MANCERA, y el Convenimiento suscrito en la misma, este Tribunal conforme a lo solicitado por ambas partes , HOMOLOGA dicho Convenimiento en los mismos términos por ellos expresados, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Expídanse por Secretaría, las copias certificadas solicitadas. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio.
La Secretaria,
Dr. JESÚS MARTINEZ GAGO.
Dra. MARIA RENZULLI DAVILA.
JMG/mónica
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