REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte(20) de Agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000675
PARTE ACTORA: KEMEL AFANADOR
PARTE DEMANDADA: DISJOGRECA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YAMILET ROJAS y JOSE SANTANA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy veinte (20) de Agosto de dos mil cuatro (2004), siendo once de la mañana (11:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; El Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Asimismo, se deja contancia de la comparecencia de la accionada DISJOGRECA BARCELONA, C.A en la persona de los Abogados YAMILET ROJAS DIAZ y JOSE VICENTE SANTANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 95.460 y 58.906. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
El Juez
Abog. Martin Sucre
La Secretaria
Apoderados de la empresa Abg. Noemí Mogna
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