REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 24 de agosto de 2004
194º y 145º
N° de expediente: BP02-S-2003-001287
Parte actora: MARIA EUGENIA MARTINEZ
Apoderadas de la parte actora: RAYNETH C. OLEAGA H, MARIA ESPERANZA AGUILERA R. y JAQUELINE J. ESTABA GONZALEZ
Parte demandada: PDVSA PETROLEO, S.A.
Apoderado de la parte demandada: No consta en autos Poder que acredite representación alguna.
Motivo: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 24 de agosto de 2004, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar. El alguacil procedió anunciar el acto, realizando el llamado de las partes involucradas en la presente causa. Se deja expresa constancia de que la parte actora, no comparecio, ni por sí, ni por medio de Apoderado Judicial, al llamado realizado por el Alguacil del Tribunal a la hora fijada, para la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194 ° y 145 °.
El Juez Temporal,
Abog. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abog. Maribí Yánez Núñez
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