REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-000750
PARTE APELANTE: OLIMAR ANGELICA CUMANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.424.655.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: BOGART ENRIQUE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.193.
PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO LAS TRES ESQUINAS C.A., no se identifica en las actuaciones que constan por ante Alzada.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE CONTRA LA DECISION DICTADA POR EL TRIBUNAL TERCERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL EN FECHA 10 DE JUNIO DE 2004. OIDA EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 22 DE JUNIO DE 2004.
En el día hábil de hoy 18 de agosto de 2004, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, así como la incomparecencia de la representación judicial de la parte apelante. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al constatar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 10 de junio de 2004, la cual queda CONFIRMADA. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,
Abog. Lourdes Romero H.
|