REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui
Barcelona, Diez de Agosto de Dos Mil Cuatro.
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001220.
Revisado como ha sido el presente expediente contentivo de la solicitud de RESTITUCION DE GUARDA, a favor de los niños, identificados en autos y vista el acta levantada por ésta Sala de Juicio N°.02, mediante la cual el ciudadano RAUL CELESTINO ACHIQUE, solicita se remita el presente expediente a la Sala de Juicio N°.01, de este Tribunal, a fin de que sea acumulado al juicio de Guarda y Custodia que cursa por ante la misma signada con el N°. BP02-Z-2004-000759; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adoescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°. 02, ORDENA remitir el original del presente expediente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.01, para su respectiva acumulación al juicio de GUARDA Y CUSTODIA. Líbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02.
DRA. ANA JAICNTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterio se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD / ZG.