REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001816
Por recibida la anterior Solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Undècimo del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Dra. CARMEN ALVIAREZ RODIGUEZ, actuando en representación del niño JESUS RAFAEL BUCARITO VARGAS, de cuatro (04) años de edad, respectivamente, junto con los recaudos que la acompañan, todo constante de tres (03) folios útiles. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cítese por medio de boleta a los ciudadanos LUIS JOSE BUCARITO LEON Y CARMEN EUGENIA VARGAS, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 8.284.127 y 8.289.912, domiciliados el primero en Vereda 12, Casa Nº 08, Sector 3, Boyacà II, Barcelona, Estado Anzoàtegui, y la segunda domiciliada en Los Cerezos, Edificio 34-B, Piso 3, Apartamento 3-B, Puerto La Cruz, Estado Anzoàtegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (10:00 a.m..), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que expongan lo que creyeren conveniente con relación a la solicitud de Régimen de Visitas. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes a las nueve de la mañana (9:00 a.m.). Asimismo se acuerda practicar sendos informes sociales a través del Equipo multidisciplinario adscrito a éste Tribunal en los hogares de los ciudadanos EGLYS TIAMO Y FRANCISCO PEREZ. Igualmente se acuerda practicar Evaluaciones Psiquiatritas y Psicológicas a los ciudadanos antes mencionados. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N°01.

Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA