REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001822
Por recibida la anterior solicitud de REVISION Y MOFICICACION GUARDA Y CUSTODIA, propuesta por la Fiscal Especializado Undécimo de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, abogada CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, actuando en nombre y representación del niño, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de siete (07) folios útiles.- Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, cítese al ciudadano LUIS ELAUTERIO VALERIO AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.293.226, domiciliado en: Calle 1, casa N° 4, sector Santa Rosa, Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoategui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de dar contestación a la presente demanda. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de la contestación. Notifíquese a la progenitora, ciudadana YESENIA ROSALIA FERNANDEZ GUACARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.291.484, domiciliada en: Calle Principal Volcadero, casa N° 38, sector Bulbure, Guanta, Municipio Guanta del Estado Anzoategui, que debe estar presente en el Acto Conciliatorio. Líbrese boletas respectivas.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
AJD/lba.-