REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001716
Por recibida la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos ELIAS RAFAEL PAEZ MORENO y MARIA ISABEL MOLINA GARCIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdulas de identidad Nº 5.965.692 y 6.928.363 respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio JUAN CARLOS NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.988. Desele entrada. Admitase. Anotese en el libro respectivo. Notifiquese del presente proceimiento a la Fiscal Dècimo Tercero del Ministerio Pùblico de este Estado. Librese Boleta. Cumplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN




LA SECRETARIA

ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA.