REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-001727
Por recibido la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por la ciudadana GIANNA DI GIORGI de GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.435.559, actuando en nombre y representación de su hijo, estudiante y titular de la cédula e identidad N° 18.279.429, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSE LUIS MILANO GUEVARA, e inscrito en el Inpreabogado bajo 45.589, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de dieciséis (16) folios útiles Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, se Abstiene de admitir la presente solicitud hasta tanto la parte interesada consigne los originales del Acta de Matrimonio, Partida de Nacimiento del adolescente de auto y Acta de Defunción, así como la declaración de Únicos y Universales herederos. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL N° 02

DRA. FREYA ELISA RON PEREIRA


LA SECRETARIA

ABOG. MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA

ABOG. MELISSA AZOCAR




FERP/CA




ABOG: FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en èl.-

LA SECRETARIA.
ABOG: FARAH MELISSA AZOCAR












AJD /CARMEN