REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001559

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionada con los niños LISMAR NAZARETH GONZALEZ CANARUMO y LUIS JHOANDRE GONZALEZ COA, de Seis (06) y Dos (02) años de edad, respectivamente, herederos del ciudadano LUIS ALBERTO GONZALEZ, cedulado bajo el N° V-14.828.818, fallecido ab-intestato el 28-09-2003, en el Municipio Peñalver, Estado Anzoátegui, propuesto por la ciudadana VIRMAR JOSEFINA CANARUMO CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.369.255, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ZULAY PEREZ de GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.153, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Treinta y Nueve (39) folios útiles. Désele entrada. Admítase. En consecuencia se autoriza suficientemente a la ciudadana VIRMAR JOSEFINA CANARUMO CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.369.255, domiciliada en esta circunscripción judicial, para que tramite por ante las Oficinas de la Caja de Ahorro y Bienestar Social de la Policía del Estado Anzoátegui (CABISOPOL), e igualmente por ante el Instituto Autónomo de Polícia del Estado Anzoátegui (IAPANZ), todo lo relacionado con la cuota parte, que le corresponde a los niños LISMAR NAZARETH GONZALEZ CANARUMO y LUIS JHOANDRE GONZALEZ COA, y cualquier otro beneficio, que le pueda corresponder, a su difunto padre, ciudadano LUIS ALBERTO GONZALEZ. Y luego sea consignado dicho Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01. Asimismo se acuerda notificar a la Fiscal Décimo Tercera del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta y oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.

LA SECRETARIA.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA.