REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscrición Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001278
Por cuanto la Dra. Ana Jacinta Durán se encuentra de vacaciones se avoca al conocimiento de la presente causa la Dra. Freya Elisa Ron Pereria y revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto el mismo se encuentra en fase de sentencia esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, ordena DIFERIR la oportunidad para dictar Sentencia, para el quinto día (5to) día de Despacho siguiente, al presente auto, conforme al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL N°. 02.-

DRA. FREYA ELISA RON PEREIRA.-

LA SECRETARIA.-

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-



AJD / Mary Carmen