REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001589

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionada con la adolescente y la niña DAYANA CAROLINA y BLANCA PAOLA RODRIGUEZ GOMEZ, de Trece (13) y Tres (03) años de edad, respectivamente, propuesto por la ciudadana NIDIA MERCEDES GOMEZ de RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.922.757, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio FRANCISCO GONZALEZ MONTSERRAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.759, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Cuarenta y Dos (42) folios útiles. Désele entrada. Admítase. En consecuencia este Tribunal acuerda oír a la adolescente DAYANA CAROLINA RODRIGUEZ GOMEZ. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, a los fines de que emita su opinión con relación a la presente solicitud.- Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL PROVISORIO N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA.