REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto la Cruz, treinta (30) de agosto de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°


Vista la transacción judicial efectuada en fecha 26 de agosto de 2004, entre el demandante de autos ciudadano JOSÉ ÁNGEL JIMÉNEZ RIVERO, a través de su apoderado judicial abogado JHONNATHAN SALAZAR GUILARTE por una parte, y por la otra el abogado RAFAEL ANTONIO NATERA GONZÁLEZ, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada GBC INGENIEROS CONTRATISTAS, S.A., en el presente Procedimiento de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por la parte interesada, con inserción del escrito que las solicita, y del presente auto, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL,
MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL


LA SECRETARIA,

ADA MAITA MATUTE




MNS/ers
Exp. N° 035-2003