Vista la diligencia de fecha 09 de Diciembre de 2004, suscrita por el Abogado José Gerardo Montilla Díaz (I.P.S.A. Nº 32.862), con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Trabajadores de la Universidad de Oriente (CAUDO), mediante la cual desiste de la presente Acción de Amparo Constitucional, en virtud de haber cesado la violación de los derechos constitucionales denunciados, consignando a tal efecto copia del acuerdo logrado entre la Universidad de Oriente y la Caja de Ahorro CAUDO, así como también copia simple de cinco cheques pagados por la presunta agraviante; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho a tenor de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no tratarse de un asunto que interese especialmente el orden público. En consecuencia ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2004-000246).
La Juez,


Dra. María Teresa Díaz Marín
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa.