REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, diecisiete de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH02-X-2004-000122
Por recibidas las actuaciones que anteceden, relacionadas con la inhibición planteada por la Abogada Ida Tineo de Mata, en su carácter de Juez Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de NULIDAD intentado por INVERSIONES EL VIÑA, C.A., contra LUIS CALVO SANZ, S.A., CANTABRICA DE TUNIDOS, S.A., CALVO PESCA, S.A., e INVERSIONES AGAPITO, fundamentada en la causal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, "por haber emitido opinión sobre lo principal e incidental"; fórmese expediente, admítase, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la inhibición planteada, conforme lo establece el artículo 188 ejusdem, por estar fundamentada en causal. Remítanse las actuaciones al Tribunal de origen a los fines de Ley.
El Juez
Abog. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, se remiten las actuaciones constantes de cuatro (4) folios útiles, junto con oficio N°.0410-766. Conste. La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
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