REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 8 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-000275
ASUNTO : BP01-P-2001-000275

Visto el escrito de fecha 27/10/2004 remitido por la Abogado MARISOL AGUILARTE, Defensora Pública Penal del Imputado JESUS RAFAEL MARQUEZ, En virtud del cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa a su defendido por las siguientes razones:

" En fecha 26 de Octubre del año 2001 se le dicto Suspensión Condicional del Proceso a su defendido con un plazo de Regimen de Prueba de tres (3) años. Ahora bien por cuanto ha transcurrido el tiempo establecido y su representado ha cumplido cabalmente las condiciones que le fueron impuestas es por lo que solicito el Sobreseimiento de la presente causa; conforme lo establece el articulo 45 del Codigo Organico Procesal Penal. Este Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal a los fines de decidir observa " :

PRIMERO: Revisada la presente causa; Asi mismo el sistema Juris a los fines de verificar el cumplimiento de ls condiciones impuestas por el Tribunal, en tal sentido merecia lo siguiente:
1°- Consta en el folio 262 de la causa copia del Acta de la Audiencia Preliminar de fecha 26/10/2001, en virtud de la cual previa la Admision de los hechos por parte del imputado JESUS RAFAEL MARQUEZ, acuerda otorgarle la suspencion condicional del proceso como una de las medidas alternativas para la prosecusión del Proceso que a su favor establece el articulo 45 del Codigo Organico Procesal penal, como consecuencia de la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el articulo 457 del Codigo Penal.

2°- Revisado el sistema a los fines de verificar el cumplimiento del Regimen impuesto entre estos, presentacion cada treinta (30) dias por ante el Tribunal, se observa que el record de preentacion es el siguiente: 04/09/2002 hizo su primera presentacion, luego el dia 04/10/2002,15/11/2002,03/12/2004,11/03/2002, 07/04/2002,07/05/2003,30/06/2003,06/08/2003,30/09/2003,21/10/2003,27/11/2003,09/01/2004,15/03/2004,23/042004, 07/06/2004,02/07/2004,17/08/2004, 14/09/2004, 20/10/2004, Noviembre no se presento .
3°- Por lo que aprecia no consta en el sistema el Regimen de Presentación de este prenombrado desde el dia 26/10/2001 hasta el dia 04 de Septiembre de 2002; es decir no hay información que justifique el no cumplimiento del Regimen de Presentación en ese tiempo por parte del imputado a probando JESUS RAFAEL MARQUEZ.

Por todo lo anterior y a fin de dar respuesta a la solicitud de la Defensa este Tribunal de Control N° 01 , Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de venezuela y por Autoridad de Ley ACUERDA: Convocar al probando JESUS RAFAEL MARQUEZ y a su defensor a una Audiencia Oral para el dia 11 de Febrero de 2005 a las 9:00 am, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y decidir sobre la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada de conformidad con lo previsto en el articulo 45 del Codigo Organico Procesal penal. Notifiquese a todas las partes; incluyendo a la Victima. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01

DR. JOSE LUIS ARRIOJAS



LA SECRETARIA

ABOG. AHIDEE PADRINO








JLA/andreina