REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-001343
ASUNTO : BP01-P-1999-001343
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, de la misma se evidencia que en fecha 01 de noviembre de 2002, el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Transitorio presentó acusación en contra de los ciudadanos ANTONIO JOSE RODRIGUEZ, IVAN EUGENIO HERRERA FRANCIA y LUIS GERARDO TOVAR, por la comisión del delito de estafa, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal.
En fecha 08 de diciembre de 2004, se lleva a cabo la audiencia preliminar de conformidad a lo previsto en la sentencia del 22 de diciembre de 2003, en virtud de que el único imputado que ha asistido a los actos ha sido el ciudadano imputado ANTONIO JOSE RODRIGUEZ GUAREGUA, en dicha audiencia preliminar este imputado admitió los hechos y le fue otorgada la suspensión condicional del proceso.
Ahora bién con relación a los otros imputados, este Tribunal en esa audiencia prelimina había acordado fijar nueva oportunidad para la preliminar para el día 14-02-05, siendo el caso que se recibe oficio Nro. 1408 de fecha 08-11-04, suscrito porla Directora del Instituto Autonomo de Policía Municipal del Municipio Bolívar, mediante el cual acompaña, las boletas de notificación dirigidas a los imputados IVAN EUGENIO HERRERA FRANCIA y LUIS GERARDO TOVAR, y quienes habían sido debidamente notificados para el acto de la audiencia preliminar a celebrarse el día 08-12-04, siendo el caso, que ninguno de estos dos imputados hicieron acto de presencia.
Así las cosas, considera este Tribunal que lo procedente y ajustado a derecho revocar las medidas o condiciones que le fueron acordadas a los imputados IVAN EUGENIO HERRERA FRANCIA y LUIS GERARDO TOVAR, bajo la modalidad de fianza y en su lugar se acuerda librar la orden de captura correspondiente por no haber hecho caso omiso a las citaciones y notificaciones libradas por este Tribunal de conformidad a lo previsto en el artículo 264 y 262 númeral 2do ambos del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA LAS MEDIDAS CAUTELARES DICTADAS a los CIUDADANOS IVAN EUGENIO HERRERA FRANCIA y LUIS GERARDO TOVAR, y en su lugar acuerda LIBRAR CAPTURA, de acuerdo a lo previsto en el numeral 1ro. del artículo 44 de la Constitución de la República. Y ASI SE DECRETA.-
Se acuerda dejar sin efecto la fecha para la celebración de la audiencia preliminar hasta tanto se logre la captura de estos ciudadanos.
RESOLUCION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley REVOCA LAS MEDIDAS CAUTELARES DICTADAS a los ciudadanos IVAN EUGENIO HERRERA FRANCIA y LUIS GERARDO TOVAR, y en su lugar acuerda LIBRAR CAPTURA, de acuerdo a lo previsto en el numeral 1ro. del artículo 44 de la Constitución de la República en relación con lo artículos 264 y 262 númeral 2do ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda dejar sin efecto la fecha para la celebración de la audiencia preliminar hasta tanto se logre la captura de estos ciudadanos.
Líbrense los oficios correspondientes.Notífiquese- Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL NRO. 03
FRENNYS E. BOLIVAR DOMINGUEZ
LA SECRETARIA
ANA CECILIA VALERIO