REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000660
ASUNTO : BP01-P-2002-000660
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
MARWING JESUS MARCANO VELIZ, de veinte años de edad, soltero, estudiante, con cédula de identidad nro.17.359.071, natural de esta ciudada, domiciliado en calle Libertad, numero 3. El Espejo. Barcelona.-
DE LOS HECHOS
Siendo las 11:35 de la noche del 01 de diciembre del año 2001, los funcionarios JULIO RODRIGUEZ LUIS CORREA y JOSE ANTONIO GARCIA, adscrito a la zona policial Nro. 01, practicaron la detención de MARWIN JESUS MARCANO VELIZ, en el Barrio El Espejo de Barcelona al incautarle entre la pretina del pantalon un arma de fuego, calibre 44, tipo Escopetín, color negro y plata con dos cartuchos,.
DE LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO
El representante del Ministerio Público, presentó escrito acusatorio en contra del ciudadano MARGUIN JESUS MARCANO VELIZ, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 de Código Penal.-
Ahora bien, en fecha 02 de diciembre de 2004, se recibe oficio suscrito por el prefecto del Municipio Simon Bolívar de Barcelona, mediante el cual remite adjunto acta de defunción del ciudadano MARNING JESUS MARCANO VELIZ, quien falleció el día 08 de junio de 2004, como consecuencia de un shock hipovolemico, hemorragia interna, herida por arma de fuego, por lo que este Tribunal considera que es procedente decretar el sobreseimiento de la causa de conformidad a lo previsto en el artículo 48 numeral 1ro. del Código Orgánico Procesal Penal, pues la muerte del imputado es causa de extinción de la acción penal. Y ASI SE DECIDE..
RESOLUCION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 03 del Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre la República Bolívariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano MARWING JESUS MARCANO VELIZ, de conformidad a lo previsto en el artículo 48 ordinal 1ro. del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 318 numeral 3ro. ejusdem.-
Notifiquese a las partes.
JUEZ DE CONTROL NRO. 03
FRENNYS E. BOLIVAR DOMINGUEZ
LA SECRETARIA
ANA CECILIA VALERIO