REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002597
Vista la SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana VICTORIA NICOLASA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.420.862, quien actua en nombre propio y en representación de sus hijos, ciudadanos LUIS JOSE, ANGELINA DEL VALLE, ZULEIMA COROMOTO, MARIA VICTORIA, YRAIMA JOSEFINA, YANETT DEL CARMEN, JAVIER DE JESUS y ERNESTO ANTONIO MAREA FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.903.301, V-8.341.321, V-14.189.994, V-15.417.697, V-11.420.374, V-13.168.128, V-14.477.170 y V-17.791.583, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio MAGBY FERNÁNDEZ MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.955, mediante la cual piden sean declarados Únicos y Universales Herederos del ciudadano LUIS BELTRÁN MAREA, quien fue portador de la Cédula de Identidad N° V-2.801.336, fallecido ab-intestato el día 26 de Junio del año 2.004, en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Con vista de los recaudos acompañados, consistentes en: Acta de Defunción del ciudadano LUIS BELTRÁN MAREA; Acta de Matrimonio del mencionado ciudadano con la ciudadana VICTORIA NICOLASA FIGUEROA; y Actas de Nacimiento de los ciudadanos LUIS JOSE, ANGELINA DEL VALLE, ZULEIMA COROMOTO, MARIA VICTORIA, YRAIMA JOSEFINA, YANETT DEL CARMEN, JAVIER DE JESUS y ERNESTO ANTONIO MAREA FIGUEROA; y las declaraciones rendidas por los ciudadanos GLADYS DEL VALLE GUZMÁN y JESÚS SALVADOR DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-8.311.182 y V-1.167.076, respectivamente, quienes comparecieron por ante este Tribunal en fecha 08 de Diciembre de 2.004, manifestando bajo juramento que conocen a los solicitantes, como de igual manera conocieron al difunto y les consta que erá el cónyuge de la ciudadana VICTORIA NICOLASA FIGUEROA y padre legítimo de los ciudadanos LUIS JOSE, ANGELINA DEL VALLE, ZULEIMA COROMOTO, MARIA VICTORIA, YRAIMA JOSEFINA, YANETT DEL CARMEN, JAVIER DE JESUS y ERNESTO ANTONIO MAREA FIGUEROA.
Este Tribunal, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a la solicitante, ciudadana VICTORIA NICOLASA FIGUEROA, quien actua en nombre propio y en representación de sus hijos, ciudadanos LUIS JOSE, ANGELINA DEL VALLE, ZULEIMA COROMOTO, MARIA VICTORIA, YRAIMA JOSEFINA, YANETT DEL CARMEN, JAVIER DE JESUS y ERNESTO ANTONIO MAREA FIGUEROA, antes identificados, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus”, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Entréguense las presentes actuaciones originales a la parte interesada.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TEMP.,

HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA,

JORGYMAR PUMAR SUNIAGA

HAV/jca