REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH03-M-2002-000007


Visto el escrito presentado en fecha 30 de Noviembre de 2.004, suscrito por la Dra. IRIS CARMONA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.868, actuando en su caracter de Apoderada Judicial del BANCO DEL CARIBE, C.A., Banco Universal, por una parte y por la otra el ciudadano FERNANDO MATA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.672.795, asistido por la Dra. MAIRYN GUZMAN BRUCE, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.443, y visto así mismo el acuerdo de cesión celebrado por las partes en la misma, este Tribunal lo HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Visto así mismo el pedimento efectuado en el capitulo Octavo, se ordena expedir por secretaría dos copias certificadas del presente auto y del documento de acuerdo de cesión celebrado. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,


Abog. Jesus Martinez Gago
La Secretaria


Dra. María Renzulli Dávila.


JMG/lorena.-