REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002716

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por los ciudadanos: MARLENE ARTEAGA viuda DE MARTÍNEZ, KISLENE MARTÍNEZ ARTEAGA y CARLOS J. MARTÍNEZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Lechería, Estado Anzoátegui, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.787.226, 14.801.517 y 17.309.307, respectivamente, asistidos por la Dra. KISLENE MARTÍNEZ ARTEAGA, Abogada en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 109.073, y la justificación promovida y evacuada por ante este mismo Tribunal, con las declaraciones de los ciudadanos: YOLANDA LUCIA ORTIZ MULLINGS y DOUGLAS ANTONIO CHIRINOS MARVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.911.134, y 3.392.665, respectivamente, a favor de los solicitantes; manifiestan los deponentes: Que conocen a los solicitantes de vista, trato y comunicación, que de igual forma conocieron al de cujus FRANKIS JESUS MARTÍNEZ REYES, quien fué venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 3.682.003 y falleció ab-intestato, el día 13 de Agosto de 2.003, en la ciudad de Caracas; saben y les constan que la ciudadana MARLENE ARTEAGA Viuda DE MARTÍNEZ, estuvó casada con el fallecido Sr. FRANKIS JESÚS MARTÍNEZ REYES, desde el día 15 de Octubre de 1.979, hasta la fecha de su fallecimiento; que les constan que durante la unión matrimonial procrearon dos (02) hijos, quienes responden a los nombres de CARLOS J. MARTÍNEZ ARTEAGA y KISLENE MARTÍNEZ ARTEAGA; que saben y les constan que además de los hijos antes nombrados, no dejó otros descendientes, ni procreados en unión matrimonial, ni extramatrimonial, ni adoptivos, ni reconocidos. El Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados, considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: FRANKIS JESÚS MARTÍNEZ REYES, a los ciudadanos: MARLENE ARTEAGA viuda DE MARTINEZ, KISLENE MARTÍNEZ ARTEAGA y CARLOS J. MARTÍNEZ ARTEAGA, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones. Asi mismo se ordena expide por Secretaria cinco (05) juegos de copias certificadas de la Solicitud.-
El Juez Provisorio.

Dr. JESÚS MARTINEZ GAGO. La Secretaria,

Dra. MARIA RENZULLI DAVILA


JMG/Gledys.-