Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2004-000330

Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada en ejercicio CLAUDIA RODRIGUEZ NESSI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 82.621, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ZACARIAS RODRIGUEZ SALAZAR, parte demandante en el juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento por falta de Pago e Indemnización de Daños y Perjuicios, propuesto en contra del ciudadano JOHANNES SCHULLER PATIÑO; mediante la cual desiste del presente procedimiento y de la acción, por cuanto han llegado a un acuerdo extrajudicial con el demandado de autos; el Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al órden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, se suspende la Medida de Secuestro, decretada por éste Juzgado en fecha diez (10) de Mayo de 2004, y se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.- Cúmplase.-

El Juez Temporal,


Abog. Luis Alberto Rivas Silva
La Secretaria,


LARS/bp.- Abog. Doris Rojas de Nadales.-