REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero (01) de Diciembre de dos mil cuatro (2004)
194º y 145º

N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-001139
PARTE ACTORA: NESTOR GUACUTO MACUARE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDOS
PARTE DEMANDADA: ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD INTEGRAL ELIZAYUD 33C,A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESCONOCIDOS
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy primero (1) de Diciembre de 2004, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 A.M.), fué anunciado el acto por el Alguacil a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez


Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg.Noemi Mogna