ACTA
N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2004-001351
PARTE ACTORA: RAMON ANTONIO DIAMONT VILLASANA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: "Desconocido"
PARTE DEMANDADA: Ateca E.T.T, Suministro de Personal
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR JOSE DIAZ SOSA.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.
En el día hábil de hoy nueve de diciembre de dos mil cuatro, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por Solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y pago de salarios caídos, interpusiere el ciudadano RAMON ANTONIO DIAMONT VILLASANA, identificado en autos, en contra de la sociedad mercantil ATECA E.T.T, suministro de Personal; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamdo de ley a las partes involucradas en la presente causa, dejandose expresa constancia de la comparecencia de la demandada sociedad mercantil ATECA E.T.T, suministro de Personal, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del de la Circunscripción Judicial del Estado Tachira en fecha 12-01-98, bajo el N° 16, tomo 1-A y sus respectivas modificaciones, comparecencia esta, el cual se materializo a traves de su apoderado judicial Abogado en ejercicio OSCAR JOSE DIAZ SOSA, INPREABOGADO N° 87.090, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública de Decima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 06-12-04, anotado bajo el N° 16, Tomo 72, de los libros llevados por esa oficina, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez
Abog. María José Carrión G.
El compareciente
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