REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002675
Por recibida la anterior solicitud de FIJACION DE REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, Dra. LORYANA DECENA RAMIREZ, actuando en representación de los adolescentes y el niño SIMAYR DE LOS ANGELES, SIMON ALBERTO y SANTIAGO LEONARDO DELLAN MARCANO, de diecisiete (17), trece (13) y siete (7) años de edad respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de cuatro (04) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- Admítase.- De conformidad con el Articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se acuerda citar a los Ciudadanos MAYRA CRUZ MARCANO DE DELLAN y SIMON JOSE DELLAN FIGUEROA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.329.685 y 8.325.589, domiciliados la primera en la calle Bermúdez, casa N° 15, Valle Lindo, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, y el segundo en Calle Valdez, casa N° 84, Tierra Adentro, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº.02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificará un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Se ordena oír la opinión de los adolescentes y el niño SIMAYR DE LOS ANGELES, SIMON ALBERTO y SANTIAGO LEONARDO DELLAN MARCANO, de conformidad a lo establecido en el Articulo 80 de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N°. 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD / CA.