REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-002681
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Undecimo del MInisteio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del niño JOSE MANUEL PERNIAARAQUE de cuatro (4) anos de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de un (01) folio útiles y doce (12) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En y consecuencia, cítese a los ciudadanos FIDEL ERNESTO PERNIA y AYARIT JOSEFINA ARAQUE SOSA, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, más dos días que se le conceden como término de distancia, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de dar contestación a la presente demanda. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de la contestación. Asimismo se ordena la práctica de un informe social, en los hogares de los ciudadanosFIDEL ERNESTO PERNIA y AYARIT JOSEFINA ARAQUE SOSA, además de la practica de evaluaciones psicológicas y psiquiátricas al grupo familiar de la mencionada niña. Comisionando suficientemente al Equipo Técnico de la LOPNA a los fines de que realice dichos informes. Líbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.



LA SECRETARIA.

ABOG. MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.


ABOG. MELISSA AZOCAR.



AJD/Mary Carmen