REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002707
Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICIÓN DE BIENES, presentada por el Abogado en ejercicio ARNALDO JOSE ROJAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.804, en su caracter de Apoderado Judicial de la ciudadana GLOPER ADELINA CARBALLO, quien actua en representación de sus hijos los niños CELSO RAFAEL, ISMENIA PATRICIA, LEONARDO JAVIER e YENNIFER CAROLINA CORTABARRIA CARBALLO, de (07), (06), (04) y (03) años de edad, respectivamente, junto con los recaudos que la acompañan todo constante de (39) folios útiles. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Undécima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, acuerda autorizar suficientemente a la ciudadana GLOPER ADELINA CARBALLO DE CORTABARRIA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.488.348, madre y representante legal de los niños CELSO RAFAEL, ISMENIA PATRICIA, LEONARDO JAVIER e YENMNIFER CAROLINA CORTABARRIA CARBALLO, herederos del difunto ciudadano PEDRO CELESTINO CORTABARRIA ZAMORA, cedulado bajo el N° 13.383.774, para que retire en cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 del Estado Anzoátegui, quien prestaba sus servicios en la Empresa C.V.G, Compañia Anonima Cal S.A; CONACAL, Clarines, Municipio Bruzual, Estado Anzoátegui, para que tramite y retire el cheque a nombre de éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO ANZOATEGUI, SALA DE JUICIO N° 01, por concepto de la cuota parte de las prestaciones sociales, Caja de Ahorros, pensión por sobreviviente, gastos de entierro y cualquier otro beneficio que le pueda corresponder a los niños CELSO RAFAEL, ISMENIA PATRICIA, LEONARDO JAVIER e YENNIFER CAROLINA CORTABARRIA CARBALLO. Notifiquese por medio de boleta del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Undecimo del Ministerio Publico del Estado Anzoategui .Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA Nº 01.

Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.

LA SECRETARIA.

Abg. Odalis Marin Maitan.