REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002724
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por el ciudadano JOCXY JOSE MALAVE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.633.792, domiciliado en Barcelona, Municipio Autónomo Bolívar del Estado Anzoategui, debidamente asistido por la abogada en ejercicio RAIZA LOPEZ DE SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.088, actuando en nombre y representación de su hija la niña YETSY FRANCHESCA MALAVE MAITA, de dos (02) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constantes de tres (03) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos, este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, Sala de Juicio N° 02 la ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1) Notifiquese a la Fiscal Decimo Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del inicio del presente procedimiento, y a su vez para que emita su opinión al respecto. Líbrese boleta de notificación. 2) Oficiar al Registro Principal del Estado Anzoategui, a los fines de que en un lapso de cinco (05) días, sea enviado a este Juzgado Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la niña antes mencionada, todo en virtud de lo consagrado en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
ADJ/lba.-