REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001273.
Revisado como ha sido y por cuanto este Tribunal lo considera necesario en interés superior del niño RICHARD JOSE PARRA CASTRO, de nueve (09) años de edad, y en el curso de la presente causa; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°02, ORDENA librar oficio al Jefe del Departamento de Recursos Humanos del Instituto Municipal de la Policia del Municipio Bolívar, del Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva remitir a este Tribunal a la mayor brevedad posible las cantidades de dinero correspondiente al embargo de las treinta y seis (36) futuras obligaciones, dictadas por este Tribunal en fecha 10/06/2004, y comunicadas a usted mediante oficio 2004/1987, de esta misma fecha. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.



AJD /ZG.