REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002646
Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION PARA VENDER, propuesta por el ciudadano JOSE TADEO VASQUEZ VASQUEZ, Abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.187, actuando en el caràcter de Apoderado Especial de la ciudadana YUDIT GUZMAN MENDEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 8.247.428, quien actua en su caràcter de madre de la adolescente SILVANA DEL VALLE ORTIZ GUZMAN, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de diecinueve (19) folios útiles.- Désele Entrada.- Admítase.- Anótese en los Libros Respectivos.- En consecuencia este Tribunal acuerda Oìr las opiniòn de la adolescente SILVANA DEL VALLE ORTIZ GUZMAN. Asimismo se acuerda, notificar a la ciudadana Fiscal Undècimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del inicio del presente procedimiento. Librese Boleta de Notificaciòn. Se insta a la solicitante a consignar el original de la partida de nacimiento de la adolescente.
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 01
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-