REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-002342
Vista la comparecencia de los ciudadanos ALEXANDER JOSE GOMEZ RODRIGUEZ y DAMELIS CAROLINA MEDINA CURPA, plenamente identificados en autos, cursante al folio veintiseis (26) del presente expediente. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda de conformidad notificar a la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que emita su opinión sobre la comparecencia realizada entre los ciudadanos antes mencionados. Todo relacionado con la causa de RESTITUCION DE GUARDA, a favor de la niña ALEJANDRA VALENTINA GOMEZ MEDINA, de dos (02) años y nueve (09) meses de edad actualmente.- Líbrese boleta de notificación.-
JUEZ PROVISORIO UNIPESONAL N° 02.-


DRA. ANA JACINTA DURAN.-

LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-


LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-


AJD/lba.-