REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-002421

Revisado como ha sido el presente expediente, y visto el auto de admisión, en el cual se ordena la practica de sendos informes sociales en los hogares de los Ciudadanos DOUGLAS RAFAEL RODRIGUEZ MARVAL y LILIBETH CAROLINA MACUARE, además de de Evaluación Psicológica y Psiquiátrica a los mismos. En consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, ordena DIFERIR la oportunidad para dictar Sentencia, para el quinto día (5to) día de Despacho siguiente, a que conste en autos dichos informes y evaluaciones. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°. 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.







AJD / Mary Carmen