Visto el escrito de fecha 8 de julio de 2004, presentado por los ciudadanos Juan Rafael Aguilarte Torres, Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Anzoátegui, autorizado para celebrar transacción judicial en el juicio que por Recurso de Nulidad incoara la ciudadana Raiza Lares Marcano contra el Ejecutivo Regional, conforme se desprende de oficio Nº PGE-1024 de fecha 12 de noviembre de 2003, emanado de la Procuraduría General del Estado; por una parte, y por la otra, la Abogada Gayd Maza Delgado, inscrita en el InpreAbogado bajo el Nº 39.324, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual suscriben transacción judicial en los términos y condiciones especificados en el acta; y vista la solicitud de homologación que formulan ambas partes; este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción por recaer en materias en las cuales no está prohibida la transacción.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Notifíquese al ciudadano Procurador General del Estado. Archívese el expediente. Líbrense las copias certificadas solicitadas. Expediente signado con el Nº BE01-N-1999-000019.-
La Juez,



Dra. María Teresa Díaz Marín
La Secretaria,



Abog. Mariela Trías Zerpa