REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MENORES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-O-2004-000132

Por auto de fecha 14 de junio de 2004, este Tribunal Superior dió entrada a una ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por el ciudadano FRANCISCO ALBERTO MEDINA RAMIREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº. 8. 310. 837, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Dasmary Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 66.100, contra OMISION DE PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, SALA DE JUICIO Nº.2, ordenando a la parte recurrente , consignar las actuaciones a que se hacen referencia en la acción propuesta, para lo cual se le concedió un lapso de cuatro días siguientes a la fecha del auto en referencia para su consignación.
Ahora bien, por cuanto la parte recurrente no dió cumplimiento a lo ordenado por esta Alzada en auto de fecha 14 de Junio de 2004, declara Desistida la acción de Amparo Constitucional ejercida. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.Así se decide.
El Juez Superior prov.,


Abg.Jaime Leopoldo Rolingson Herrera

La Secretaria,


Abg.María Eugenia Pérez.

En la misma fecha, siendo la 1:00 P.M., previo el anuncio de Ley,se dictó y publicó la decisión anterior .Conste.
La Secretaria,

Abg.María Eugenia Pérez.