REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MENORES
PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito,y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-000704
Vista la inhibición planteada por el DR. JAIME LEOPOLDO ROLINGSON HERRERA, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES, por el procedimiento intimatorio, seguido por el ciudadano FRANCISCO JAVIER CALZADILLA, contra ADMINISTRADORA ORUMILA C.A, la cual fundamentó en la causal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, "por haber emitido opinión sobre lo principal del pleito, en la oportunidad que (me) correspondió resolver sobre una acción de Amparo Constitucional, ejercida por el abogado Carlos Ortíz, contra una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario"; este Tribunal Superior Accidental, conforme alo establecido en el artículo 88 ejusdem , declara CON LUGAR dicha inhibición por estar fundamentada en causal legal.
En consecuencia, notifíquese a las partes del avocamiento del Suscrito.
El Juez Superior Acc.,
Dr. Francisco Duran Delgado
La Secretaria
Abg. María Eugenia Pérez