REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 23 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-000725
ASUNTO : BP01-P-1999-000725

Vista la presente causa, se desprende de autos, que en fecha 27-09-93, el extinto Juzgado Superior Cuarto en lo Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Anzoátegui, quien condenó al ciudadano: MANUEL ALFREDO RODRIGUEZ Titular de la Cédula de identidad Personal N° 7.503.252, a cumplir la pena de OCHO AÑOS, DIECISEIS DIAS Y DECISEIS HORAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los Artículos 460 y 278 del Código Penal.

Ahora bien, este Tribunal Segundo de Ejecución, en fecha 12-09-97, dictó beneficio de Libertad Condicional, por lo cual habiéndo sido dictada dicha decisión, el mismo debió concluir el 04-01-00, por lo cual se encuentra extinguida su responsabilidad criminal, conforme a lo prevé el artículo 105 del Código Penal.-
En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EXTINTA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del penado: MANUEL ALFREDO RODRIGUEZ MARTINEZ, por cumplimiento de la pena.-

Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, al Jefe de la División de Información del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Puerto la Cruz, y Caracas, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre el referido ciudadano en relación a la causa N° D-270.658 (Nomenclatura del extinto CTPJ Pto La Cruz).-
Notifíquese al Fiscal 1° de Ejecución y Sentencia, Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ, y al penado: MANUEL ALFREDO RODRIGUEZ MARTINEZ. Remítase la presente causa al Archivo Judicial Penal del Estado Anzoátegui.-
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02.


DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.



LA SECRETARIA.,

ABOG. IRMA FERMIN.

BAM/rita