REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 03-02-1997 por el extinto Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual condenó al ciudadano: CARLOS LUKE YACONI, Indocumentado, natural de Cucuta, Colombia, donde nació en fecha 26-09-1939, de estado civil soltero, de profesión u oficio decorador, hijo de los ciudadanos ANA ROSA YACONI y ELADIO LUKE, con domicilio en Barrio la Carpa, S/N°, Callejón el Chispero, Barcelona, Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal.

Ejecútese la mencionada sentencia. Efectúese el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 475 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 477 Ejusdem, al respecto se observa:

PRIMERO: El penado: CARLOS LUKE YACONI, fue detenido en fecha 23-04-1991, y puesto en libertad en fecha 09-11-1994, evidenciándose que permaneció detenido un tiempo igual a TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES y DIECISEIS (16) DÍAS, y condenado como ha sido a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, se observa que le falta por cumplir de la totalidad de la misma un tiempo igual a ONCE (11) AÑOS, CINCO (05) MESES y CATORCE (14) DÍAS.

Ordenáncose como sitio para el cumplimiento de la pena el Internado Judicial "José Antonio Anzoátegui", en consecuencia se ordena oficiar a la División de Investigaciones Penales, Dirección de Captura, Caracas, ordenando su capturae ingreso al referido Centro Penitenciario donde quedará a la orden de este Tribunal. Líbrese Boleta de Notificación a la defensa, Dra. CECILIA YASELLI, al Fiscal de Ejecución y Sentencia, Dr. JOSE LUIS AZUAJE. Líbrese Oficio a la División de Investigaciones Penales, Dirección de Captura y Boleta de Encarcelación a nombre del penado CARLOS LUKE YACONI, al Director de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales. Caracas. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02,

DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,

ABOG. IRMA FERMIN