Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH01-M-2000-000011

Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 18 de Mayo del 2004, por el abogado en ejercicio PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.942, en su caracter de apoderado judicial de la parte actora, y visto así mismo, el cómputo del vencimiento del lapso de promoción de pruebas; este Tribunal Niega la Admisión de dichas pruebas, por cuanto las mismas fueron presentadas extemporaneamente. Así se decide, administrando justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TEMP.,


HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA,

JORGYMAR PUMAR