REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Siete de Julio de Dos Mil Cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001174
Vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano ROBERTO RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 1.165.984, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos, DEYANIRA DEL VALLE, REBORT ALFREDO, MIGUEL ANGEL, LESBIA DEL CARMEN, ROGER JOSÉ, TOMER ANDRÉS y RONY ALEJANDRO RINCONES ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.217.175, V- 8.217.176, V- 8.241.522, V- 8.250.408, V- 8.268.370, V- 13.163.735 y V- 13.164.490, respectivamente, debidamente asistido por el abogado en ejercicio SERGIO MORALES BURIEL, venezolano, mayor ede edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.253.446, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.396, mediante el cual solicita sean declarados Unicos y Universales Herederos de la ciudadana AURA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.199.802, quien falleció ab-intestato, el dia 13 de Marzo del año 1.999, en el Hospital Universitario "Luis Razzeti", Parroquia El Carmen, de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui.-
Vistos, asi mismos, los recaudos acompañados al escrito libelar como son: Partidas de nacimiento de los Hijos del de "Cujus", marcadas con las letras "A, B, C, D, E, F, G", Acta de Matrimonio, marcada con la letra "I", y Acta de Defunción, marcada con la letra "H", y las declaraciones de los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN PARUTA CABRERA y AGUSTÍN ENRIQUE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.230.696 y V- 8.284.923, respectivamente, quienes declararon por ante este Juzgado en fecha, 25 de Junio del año 2.004, Que: Conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años. Que: También conocieron a la ciudadana AURA ZAMBRANO, cédula de identidad N° 1.199.802. Que: Les consta que la antes mencionada ciudadana, era Esposa legítima del ciudadano ROBERTO RINCONES y madre de sus hijos: DEYANIRA DEL VALLE, ROBERT ALFREDO, MIGUEL ANGEL, LESBIA DEL CARMEN, ROGER JOSÉ, ROMER ANDRES y RONY ALEJANDRO RINCONES ZAMBRANO, además de ser los Únicos y Universales Herederos, de la ciudadana AURA ZAMBRANO, cédula de identidad N° 1.199.802.-
Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera suficientes las actuaciones realizadas, y declara TITULO DE PERPETUA MEMORIA, a favor de los ciudadanos: ROBERTO RINCONES, DEYANIRA DEL VALLE, REBORT ALFREDO, MIGUEL ANGEL, LESBIA DEL CARMEN, ROGER JOSÉ, ROMER ANDRÉS y RONY ALEJANDRO RINCONES ZAMBRANO, respectivamente, antes identificados, quedando a salvo en todo los casos, los derechos de terceros. En consecuencia, tengase a estos como Únicos y Universales Herederos de la “de cujus”, ciudadana: AURA ZAMBRANO, anteriormente identificada.
Devuelvase estas actuaciones en originales a los interesados.
El Juez, Temp.
Henry Agobian Viettri..
La Secretaria,
Jorgymar Pumar