REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Barcelona, 27de Julio de dos mil cuatro.
194° y 145°



ASUNTO : BP02-S-2004-001490

Vista la anterior solicitud, suscrita por el ciudadano VICTOR ORTEGA CORONEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.184.371, domiciliado en Caracas, Distrito Capital, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio DEANNA MARRERO OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.839, y la justificación promovida y evacuada por ante este mismo Tribunal, con las declaraciones de los Ciudadanos: RAINOA MARTINEZ MORFFE y GABRIEL MAZZALI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.337.850 y 12.980.482, respectivamente, de este domicilio, a favor del solicitante Ciudadano: VICTOR ORTEGA CORONEL, quien manifiesta sus deseos de que se le expida Título Supletorio de Propiedad y Posesión sobre las siguientes bienhechurías: una casa construida sobre pilotes, tipo Agua Clara Beach que cuenta con una superficie aproximada de construcción de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140Mts.2) distribuidos en dos (2) niveles discriminados a continuación: A- PLANTA BAJA: Area de jardin, pasillo de entrada, recibo-comedor, cocina, un baño, cuarto para deposito y terraza descubierta. B- PLANTA ALTA: a la cual se accede por la escalera, pasillo de circulación, dos (2) habitaciones y dos (2) baños. toda la casa fue construida mediante estructura de concreto armado, paredes de bloques frisados, techos de madera y platabanda, recubierto parcialmente con tejas, puertas de madera, ventanales panoramicos con todos sus accesos protegidos con rejas metalicas y pisos de terracota y ceramica, cuya casa cuenta con obras exteriores de que incluyen Terraza descubierta, tanque subterraneo para almacenamiento de agua, equipo de bombeo de agua hidroneumático y sistema de aire acondicionado central.

Que las referidas e identificadas bienhechurías por un monto de CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs.100.000.000), se encuentran enclavadas en una parcela de terreno propiedad del solicitante, constante de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (247Mts2), ubicada en el COMPLEJO TURISTICO EL MORRO, Distrito Sotillo del Estado Anzoategui, distinguida dicha parcela con la letra y numero A-40 situada con frente a la avenida A-2 de la zona A de la Aguavilla o Casas Botes , y alinderada de la siguiente manera: NOROESTE: en un arco cuyo desarrollo es de SIETE METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (7,93 Mts) y cuyo radio es de CINCUENTA CON CINCUENTA CENTIMETROS (50,50 Mts) con avenida A-2, NORESTE: en VENTICINCO METROS (25 Mts) con parcela A- 39; SURESTE en un arco cuyo desarrollo es de ONCE METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (11,85Mts) y cuyo radio es de SETENTA Y CINCO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (75,50Mts) con canal; SUROESTE: EN VENTICINCO METROS (25Mts) con parcela A-41. Esta parcela cuenta con una porcion de agua para el uso exclusivo de su propietario con una superficie aproximada de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS (160 Mts2). El Tribunal considera suficientes los recaudos presentados, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara a la Justificación promovida suficiente Título Supletorio de Propiedad y Posesión, a favor del ciudadano VICTOR ALFREDO ORTEGA CORONEL, Ya identificado, dejando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario que lleva este Tribunal y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.

El Juez Provisorio,

Dr. Jesus Martinez Gago.

El Secretario Temporal,

Abog. Jesus Anastacio Gonzalez