REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-V-2004-000560
Vista la demanda por DESOCUPACION, interpuesta por RAMON CAMPOS CARVAJAL, contra CRUZ EMILIO URBINA, NIEVES GUTIERREZ, JOSEFA GUTIERREZ, MORELA RONDON Y ANDRES YACUA.
El Tribunal, a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la misma, observa claramente en el libelo de demanda y de los recaudos que se acompañan a ella, que se demandó la desocupación de una finca rural; en vista de que se encuentra ubicada en la población de Curataquiche, Parroquia Naricual de este Municipio, población ésta ubicada geograficamente en la zona rural de este Municipio, por lo que de conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 3 Literal b, de la Ley de Arrendamientos inmobiliarios no se le puede aplicar las normas de la referida ley, a este caso, en vista que asi lo dispone en los artículos anteriormente citado, por lo que este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la admisión de la demanda por estar expresamente prohibida por la Ley. Asi se decide .-
EL JUEZ TEMPORAL,
LA SECRETARIA,