REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2003-000086
Por recibida la presente demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por MIREYA ALMEIDA, asistida por el abogado ALFREDO CABRERA contra la ciudadana ZORABIA BIRCA, titular de la cédula de identidad Nº 16.798.842; el Tribunal a los fines de su admisión o no observa: Por cuanto desde el día 22 de abril de 2004, fecha en la cual fue presentada por ante la U.R.D.D Civil dicha demanda, hasta la presente fecha, la parte accionante no ha presentado el documento fundamental de la acción; es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 6º del Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA la admisión de la presente demanda.- Y así se decide.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABOG. JESÚS S. GUTIÉRREZ D.-

LA SECRETARIA,

ABOG. CARMEN CALMA