ACTA

N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000006
PARTE ACTORA: MANUEL RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: "DESCONONCIDO"
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD ACTIVADO 2000, C.A.
COAPODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FREDDY A. REQUENA y MARLENE DI BARTOLO BARRIOS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy primero (01) de julio de dos mil cuatro, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, asimismo se deja constancia de la compareciencia de parte demandada SEGURIDAD ACTIVADO 2000, C.A, inscrita por ante el Regístro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 12-11-02, anotado bajo el N°13, Tomo 15, a través de su coapoderado judicial FREDDY A. REQUENA, INPREABOGADO N° 59.465, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante al Notaría Pública de Barcelona, en fecha 15-01-04, anotado bajo el N° 45, Tomo 04, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, cursante a los folios 11 y 12 del presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez

Abg. Maria José Carrión G.

La Secretaria,


Abg. Romina Vacca.


El Compareciente